EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.932/02
ARTICULO 1°:
Desaféctense de la zona de reserva de completamiento de tejido los predios
designados catastralmente como: Circunscripción I, Sección J, Quinta 710-711.-
ARTICULO 2°:
Afécteselos a la zona residencial
tres.———————————————-
ARTICULO 3°:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN
LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS
TREINTA DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
EXPTE. N° 6.842/01