EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.888/02
ARTICULO 1°: Convalídase Convenio marco celebrado
entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Chacabuco, sobre la
constitución del Consejo Local Económico –
Social.——————————————————————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
DOS.-
EXPTE.NRO. 7.035/02