EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.903/02
ARTICULO 1°: Autorízase a la Juventud Peronista de
Chacabuco, a la utilización del espacio público de la Plaza General San
Martín los días 16 y 17 de marzo de 2002, para instalar una carpa con motivo
de la Cruzada del cuaderno y el lápiz.——————–
ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el
cumplimiento de las normas vigentes respecto a la utilización del espacio
público.—————————————————————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
DOS.-
EXPTE. N° 7.043/02