EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente:
O R D E N A N Z A N° 2963/02
ARTICULO N° 1: Declarase de utilidad publica y pago obligatorio para
los propietarios o poseedores a titulo de dueño con frente a la obra " Red
Gas Natural" de las siguientes calles:
Avda. Miguel M. Gil entre Mendoza y La Rioja ( Acera Par)
Andes entre Mendoza y La Rioja ( Acera impar)
Mendoza entre Avda. Miguel M. Gil y Andes ( Acera Impar)
La Rioja entre Avda. Miguel M. Gil y Andes ( Acera par)
ARTICULO N° 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo e
inscríbase.———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DOS.-
Expte Nro. 7117/02