EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.057/02
ARTICULO 1°: Autorízase a la Cooperativa Eléctrica de
Chacabuco Ltda., a colocar en la vía pública cuatro (4) postes destinados a la
instalación de amplificadores del sistema de transporte del servicio de internet
que presta la referida institución, en los espacios públicos que se especifican
a continuación: a) Olavarría esquina Primera Junta, acera impar; b)
Olavarría esquina Avenida Alsina, acera impar; c) Alberdi esquina Avenida
Alsina, acera impar; y d) Zapiola esquina Avenida Alsina, acera impar;
conforme plano que se adjunta a la
presente.——————————————————————————
ARTICULO 2°: Sin perjuicio de la autorización
concedida, el Departamento Ejecutivo aplicará y controlará el cumplimiento de
las normativas vigentes en materia de utilización de espacios
aéreos.—————————————————————————-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DOS.-
EXPTE. NRO. 7.461/02