EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.122/03
ARTICULO 1°: Establécese para el año 2003 un régimen
de pago anual anticipado de las Tasas por Inspección de Seguridad e Higiene, por
Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal y Tasa por Uso de
Espacio Aéreo. El pago a cuenta se realizará de acuerdo a los montos de los
pagos realizados durante el año 2002.——-
ARTICULO 2°: En los casos de las Tasas por Inspección
de la Seguridad e Higiene y por Uso del Espacio Aéreo para su cálculo se tendrá
en cuenta la base imponible declarada en 2002. Los pagos realizados en virtud de
la presente serán tomados en la Declaración Jurada del año 2003 de dichas Tasas.
En el caso de existir saldo a favor del contribuyente, el mismo podrá tomarse
como pago a cuenta para el año 2004, caso contrario deberá abonar la diferencia
a favor de la Municipalidad de Chacabuco al momento de la presentación de la
DDJJ, acreditándose a favor del contribuyente el descuento realizado según
artículo 3°.——————————————————————
ARTICULO 3°: Para todas las Tasas, los contribuyentes
que realicen dichos pagos a cuenta recibirán un descuento adicional del
5%.—————————————————–
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL TRES.-
EXPTE. NRO. 7.552/02