EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANSIONA:
la siguiente

 

 

ORDENANZA NRO. 3104/03

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Entidad de Bien
Público "Grupo Reparador de Sueños", a la utilización del espacio
público de Plaza 5 de Agosto del Partido de Chacabuco, día 5 de Enero de 2003
desde las 18:00 hs., para realizar un festival para recaudar fondos para el
comedor de la Escuela Nro.
22.—————————————————————————————-

 

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la de espacios
públicos.———————–

 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS
MIL TRES.-

 

 

EXPTE. NRO. 7585/02