EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.184/03
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir el Convenio Intermunicipal de Cooperación Cultural
CORREDOR CULTURAL "EL HORIZONTE", que como Anexo I se agrega y pasa a formar
parte integral de la presente
Ordenanza.————————————————————————————-
ARTICULO 2°: Modifícase el artículo XIX que quedará
redactado de la siguiente manera: "ARTICULO XIX: Un miembro podrá renunciar a
su calidad mediante la presentación al Consejo de una nota explicativa de su
voluntad, firmada por el Intendente Municipal".———————————————————————————
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.——
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
TRES.-
EXPTE. NRO. 7.680/03