EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.162/03
ARTICULO 1°: Autorízase a la E.G.B. N° 1 "Juan
Estrugamou" del Partido de Chacabuco, a la utilización del espacio público del
riñón de Plaza San Martín frente al establecimiento escolar, para el día 25 de
Mayo de 2003.—————————————–
ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios
públicos.————————————————————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
TRES.-
EXPTE. NRO. 7.716/03