EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 3.243/03
ARTICULO 1º: Prorrogar por el término de cuarenta y
cinco (45) días, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 3.199/03 promulgada
por Decreto 492/03, en todos sus cláusulas y
términos.———————————————————————————————————-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.——————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL TRES.-
AUTOR: Concejal Mauricio BARRIENTOS
EXPTE. NRO. 7-932/03