EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3381/04

ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las
parcelas con frente a la obra, "Ampliación de la Red Cloacal" en las
siguientes calles de esta ciudad:

 

 

CALLE

ENTRE

ACERA

1

VIDAL

Olavarría e H. Yrigoyen

PAR

2

BONINI

Olavarría y Alberdi

PAR

3

BONINI

Olavarría y Alberdi

IMPAR

4

OLAVARRIA

Vidal y Bonini

PAR

5

ALBERDI

Carlos Gardel y Soberanía Nacional

IMPAR

6

CNEL. SUAREZ

Conesa y Guemes

PAR

7

CNEL. SUAREZ

Gral. Pintos y Conesa

PAR

8

AV. JUAN XIII

B. de Cacho y Callao

PAR

9

PUEYRREDON

Vte. López y Mármol

IMPAR

10

PUEYRREDON

Mármol y Soler

IMPAR

11

PUEYRREDON

Soler y Bravo

PAR

12

PUEYRREDON

Bravo y Correa

PAR

13

SOLER

Pueyrredón y San Martín

PAR

14

SAN MARTIN

Soler y Bravo

IMPAR

15

SAN MARTIN

Bravo y Correa

IMPAR

16

BRAVO

Pueyrredón y San Martín

IMPAR

17

BRAVO

Pueyrredón y San Martín

PAR

18

CORREA

Pueyrredón y San Martín

IMPAR

19

ITUZAINGO

Soler y Bravo

IMPAR

20

ITUZAINGO

Bravo y Correa

IMPAR

21

USPALLATA

Andes y Callao

PAR

22

ROCHA

Rivadavia y Cervantes

IMPAR

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.——

 

 

 

 

DADO: EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES
CONTRIBUYENTES EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-

 

 

EXPTE. NRO. 7.737/03