EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA : LA SIGUIENTE

 

O R D E N A N Z A NRO. 3521/04

 

 

ARTICULO 1°: Autorízase, A LA ASOCIACION
TRABAJADORES DEL ESTADO-ATE
, al uso del espacio público en Plaza General
San Martín para la instalación de dos carpas, el día 14 de junio de 2004, a
partir de las 10,00 hasta las 24,00 hs. del día miércoles 16 del corriente mes
y año.——————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios
públicos.——————————–

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
—————————————————————————————–

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL CUATRO.-

 

EXPTE NRO. 8435/04