EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3.763/05

 

ARTICULO 1º: Otórguese autorización para la
realización de los Corsos desde el año ——————— 2006 hasta el año
2010 inclusive al Centro de Aprendizaje y Difusión de Chacabuco.-

ARTICULO 2º: El uso de espacio público será concedido
por este Honorable Cuerpo a ——————- solicitud de los organizadores
con un tiempo razonable de antelación.

ARTICULO 3º: La entrada a los mismos será libre y
gratuita y mantendrán su ———————- condición de solidarios con las
Instituciones de nuestra comunidad.-

ARTICULO 4º: No considerar otras solicitudes para los
Corsos desde el año 2006 hasta el ——————- año 2010 inclusive.-

ARTICULO 5º: Cuando se venza el presente plazo de
autorización y corresponda ———————– renovarse el mismo se tendrá
en cuenta los antecedentes de organización de eventos anteriores.-

ARTICULO 6º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-

EXPTE NRO. 8.775/04