EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.783/05
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la Ordenanza
Nº 2322/00 de Zonificación ——————– Según Usos a la firma comercial
INCOMCER S.A.C.F y A., permitiéndosele el funcionamiento; previa
Habilitación Municipal del Comercio en el rubro " Acopio de Cereales,
Comercialización de Fertilizantes y Semillas", con domicilio comercial en
Ruta Nacional Nº 7 Km. 208,50 de nuestra Ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL CINCO.-
EXPTE NRO. 8.874/05