EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.819/05
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la Ordenanza
de Zonificación según —————— Usos Nº 2322/00 al Sr. Rubino,
Ramiro permitiéndosele el funcionamiento; previa habilitación municipal del
Comercio en el Rubro " Taller de Plegado", con domicilio comercial en
calle San Luis Nº 171 de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
—————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE NRO. 8.885/05