EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.829/05
ARTICULO 1º: Autorízase a los Artesanos
Independientes, al uso del espacio público en Plaza ——————– San
Martín los días 8, 9 y 10 de Julio de 2005, con motivo de realizar "LA 13º
FERIA DE ARTESANIAS URBANAS Y TRADICIONALES".-
ARTICULO 2º:Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————– Municipal, a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios público.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE NRO. 8.980/05