ACUERDA Y SANCIONA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 3.920/05
ARTICULO 1º: Autorízase al Comité Alem de la Unción
Cívica Radical a la utilización al uso ——————– del espacio público
con la finalidad de colocar pasacalles para efectuar publicidad partidaria en el
marco de la campaña electoral para las elecciones del 23 de octubre de 2005 en
los siguientes lugares:
Av. Alsina e/ Belgrano y Av. Vieytes
Av. Saavedra e/ Alte Brown y 25 de Mayo
R.E. de San Martín e/ Tucumán y Av. Lamadrid
Alte Brown e/ Avellaneda y Mendoza
Avellaneda e/ Alte Brown y 25 de Mayo
Belgrano e/ Jujuy y San Luis
Zapiola e/ Av. Alsina y Primera Junta
Moreno e/ Primera Junta y Bs. As.
Zapiola e/ Primera Junta y Bs. As.
Santa Fe e/ Zapiola y Moreno
San Lorenzo e/ Tucumán y Catamarca
R.E. de San Martín e/ Alvear y San Juan
Italia e/ Mitre y Pringles
ARTICULO 2º: Los pasacalles colocados deberán ser
retirados antes del 1 de noviembre de ——————- 2005.-
ARTICULO 3º: Ante cualquier daño o perjuicio
ocasionado a los transeúntes o la propiedad ——————— privada por la
colocación de los pasacalles, será responsabilidad de la Institución
peticionante.
ARTICULO 4º: Comuníquese por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal ——————– a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la Ordenanza
Nro. 3200/03.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscribas.-.
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-
EXPTE NRO. 9.131/05
Dr. Carlos Levatte
Vice-Pesidente 1º
H.C.D. de Chacabuco