EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4002/06

 

ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o ——————– poseedores a título de
dueño con frente a la obra "Construcción de Cordón Cuneta de Hormigón
Simple",
en cuatro (4) cuadras y tres (3) bocacalles en la Localidad de
O’Higgins Partido de Chacabuco, de acuerdo al siguiente detalle:

CALLES Nro. ORDEN:

Lavalle, entre Mitre y Junín

Dr. Maggi (1 acera), entre 25 de Mayo y Lavalle

Mitre, entre San Martín y Lavalle

Mitre, entre 25 de Mayo y Lavalle

BOCACALLES:

25 de Mayo y Dr. Maggi

Dr. Maggi y Lavalle

Lavalle y Mitre

ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-

EXPTE NRO. 8.999/05