EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4082/06
ARTICULO 1º: Condónase a la Asociación de
Jubilados y Pensionados de Chacabuco, del ——————- pago de
las tasas municipales por " Tasa por Derecho de Construcción" del
inmueble designado Catastralmente como: Circ: I, Secc A, Manz. 86, Parc 17 C,
Partida Inmobiliaria Nro. 6133.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
EXPTE NRO. 9.368/06