EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4068/06
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a registrar la deuda y efectuar ——————— el pago en
virtud de la documentación obrante en el Expediente Administrativo Nro.
4029-1712/06 por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS ( $
442,00), en concepto de honorarios médicos correspondiente al mes de
diciembre año 2005 $ 413,22 y Caja de Previsión y Seguro Médico de la
Pcia. de Bs. As. $ 29,10 ; conforme lo dispuesto en el art.º 140 y ccs.
del Reglamento de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: La erogación autorizada por el art. 1º
de PESOS CUATROCIENTOS ———————- CUARENTA Y DOS ( $ 442,00), se
imputará a la partida de deuda flotante del actual Presupuesto de Gastos y
Recursos vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-
EXPTE NRO. 9.424/06