EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4089/06

 

ARTICULO 1º: Establézcase dentro de la Finalidad 1-
Programa 2 :Administración General sin ———————- Discriminar del
Presupuesto de Gastos vigente, en la Partida: 0-1-03-08-00-00- 00- Financiación
Micro-emprendimientos un Crédito de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) .-

ARTICULO 2º: Los fondos necesarios para financiar la
partida dispuesta por el art. anterior ———————- serán extraídos de
la partida 8-0-00-00-00-02-00-00 , A Clasificar – Créditos Adicional del
Presupuesto de Gastos vigentes.

ARTICULO 3º: La suma asignada será utilizada para el
otorgamiento de Subsidios PESOS ———————- QUINIENTOS ($
500)
cada uno, con la finalidad y en las misma condiciones de la Ordenanzas
Nros. 3.581 y su modificatoria 4.028/06.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9.452/06