ACUERDA Y SANCIONA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4137/06
ARTICULO1º:Exímase a la entidad de bien público
ASOCIACIÓN PARA LA ——————– RECUPERACIÓN E
INTEGRACIÓN DEL DISCAPACITADO ( APRID) del pago del Fondo Benéfico
establecido por el Articulo 8º Inc. 8.1 de la Ordenanza Nº 2.402/00.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-
EXPTE NRO. 9509/06