EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br /> ACUERDA Y SANCIONA

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4137/06

ARTICULO1º:Exímase a la entidad de bien público
ASOCIACIÓN PARA LA
——————– RECUPERACIÓN E
INTEGRACIÓN DEL DISCAPACITADO ( APRID)
del pago del Fondo Benéfico
establecido por el Articulo 8º Inc. 8.1 de la Ordenanza Nº 2.402/00.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
SEIS.-

EXPTE NRO. 9509/06