EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.200/06
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a registrar la deuda y ——————- efectuar el pago en virtud
de la documentación obrante en el Expediente Administrativo Nro. 6644/05,
iniciado por el Agente Municipal Sra. GROSSI Cecilia, por la suma total
de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES, CON CINCUENTA Y CUATRO
CENTAVOS ( $ 293,54), en concepto a la bonificación por
antigüedad no abonada desde octubre del 2004 hasta septiembre del 2005;
conforme lo dispuesto en el Articulo 140º y ccs del Reglamento de Contabilidad
de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: La erogación autorizada por el art. 1º
de PESOS DOSCIENTOS —————— NOVENTA Y TRES, CON
CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS, será imputada a la partida de Deuda
Flotante del Presupuesto Vigente.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SEIS.-
EXPTE NRO. 9578/06.-