EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.300/07
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la
Ordenanza de Zonificación según Usos Nº 2322/00 ——————- a Don
Clelio S.R.L.. en el Rubro "Fábrica de Pastas Frescas" permitiéndosele
el funcionamiento; previa Habilitación Municipal del inmueble designado
catastralmente como: Cir. I, Secc G, Mza. 509, Parc 21,22 y 23 , ubicado en
calle Domínguez nro. 460 de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-
EXPTE NRO. 9.525/07