EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.374/07
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la
Ordenanza de Zonificación según Usos Nro. ———————- 2322/00 a
T.E.V S.A en el rubro "Criadero de Pollos Parrilleros",
permitiéndosele el funcionamiento; previa habilitación municipal ubicado en la
Quinta Nro. 157 con domicilio en Ituzaingó continuación de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES JUNIO DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-
EXPTE NRO. 9.973/07