EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.411/07

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a
reconocer y registrar la deuda ———————- previsional y social que
determine el Instituto de Previsión Social (.I.P.S) en concepto de aportes y
contribuciones correspondiente al ex-agente municipal, Carlos Alberto Dadamia,
DNI. 4.976.347, a efectos de completar el periodo mínimo de treinta seis (36)
meses consecutivos que establece el Artículo 41 del Decreto-Ley 9.650/80 y sus
modificatorias, conforme lo establecido en el Artículo 7º y ccs. de la Ley
12.563.

 

ARTICULO 2º: La presente autorización de
reconocimiento de deuda, conforme lo normado por ——————– los
Artículos 140 y 141 de la Ley de Contabilidad de las Municipalidades, queda
condiciona al que el Instituto de Previsión Social (I.P.S.) autorice el
reajuste de los haberes provisional con el cargo de mayor jerárquica –Director
de recaudación- que desempeño Carlos Alberto Dadamia en el Municipio de
Chacabuco, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1.992 y el 31 de
julio de 1.994 (treinta -31- meses consecutivos).

 

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal
elevará al Instituto de Previsión Social ——————— (.I.P.S) la
petición de reajuste del haber provisional efectuada por el ex–agente
municipal CARLOS ALBERTO DADAMIA

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-

 

EXPTE NRO. 9.980/07