EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.419/07
ARTICULO 1º: Convalídase Convenio celebrado
entre esta Municipalidad de Chacabuco ——————— y el Instituto de la
Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, sobre Asistencia Técnica y
Cooperación Financiera Decreto- Ley Nro. 9573/80 y 9104/79.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-
EXPTE NRO. 10.073/07.-