EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.468/07
ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la
Ordenanza Nro. 3.522/04, a la firma ——————— comercial "Los
Primos S.R.L.", en el rubro denominado "Granja de Reproducción
de Padres", al inmueble ubicado en el Cuartel 1 de nuestro Partido.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-
EXPTE NRO. 10.128/07.-