EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.489/07
ARTICULO 1º: Convalídase CONVENIO, celebrado
entre esta Municipalidad de ——————— Chacabuco y el Instituto de la
Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, referente a la asistencia financiera
para la refracción de una vivienda del Conjunto Habitacional de cincuenta (50)
viviendas.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-
EXPTE NRO. 10.187/07.-