ACUERDA Y SANCIONA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.534/07
ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública la
expropiación del inmueble ubicado en ———————- Avenida Alsina y
calle San Martín de nuestra ciudad, cuyos datos Catastrales son:
Circunscripción I, Sección A, Manzana 54, Parcela 20, Partida Inmobiliaria
Nro. 06124 del ejido de Chacabuco.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL SIETE.-
EXPTE NRO. 10.230/07