EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 4.542/08

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Club Argentino
al uso del espacio público y cierre de calles: ——————– Laprida,
e/ Italia y Santiago del Estero; Liniers e/ Santiago del Estero y Laprida;
Italia e/ Laprida y Liniers; y Santiago del Estero e/ Laprida y
Liniers; el día sábado 26 de enero de 2007 a partir de las 20:00 con motivo de
llevarse a cabo una Jineteada Nocturna en las Instalaciones del Club Argentino.

ARTICULO 2º: Ante cualquier inconveniente o accidente
que pueda surgir durante dicho ———————- acontecimiento, será
responsabilidad de los peticionantes.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ———————– Municipal, a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
OCHO.

EXPTE NRO. 10.259/08.-