EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 4.585/08

 

ARTICULO 1º: Autorízase a los Artesanos
Independientes
al uso del espacio público en la ——————-
Plaza Gral. San Martín los días 5 y 6 de julio de 2008, con motivo de realizar
un Encuentro de Artesanías Urbanas y Tradicionales.-

ARTICULO 2º: Ante cualquier inconveniente o accidente
que pueda surgir durante dicha ———————–manifestación, será
responsabilidad de los peticionantes.-

ARTICULO 3º: Queda terminantemente prohibido hacer
uso del dicho espacio público para ———————– acampar.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ———————– Municipal, a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
OCHO.

EXPTE NRO. 10.334/08.-