EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4.578/08
ARTICULO 1º: Autorízase a la Agencia de
Marketing y Promociones "OSTARA 360", ———————- al uso del
espacio público en Plaza Gral. San Martín ubicándose en el ( Playón Central que
desemboca hacia Av. Alsina), el día viernes 23 del corrientes mes y año
en el horario de 10:00 a 13:00 y de 16:00 a 21:00 hs., con motivo de
instalar un mini stand para promocionar telefonía celular "Personal"
obsequiando folletería a través de dos promotoras.-
ARTICULO 2º:Queda totalmente prohibido todo otro tipo
de demostraciones, ——————— promociones y/o venta de productos.-
ARTICULO 3º: Previa autorización del espacio público,
será obligación de los ——————— peticionantes cumplir con el pago
de las tasas municipales correspondientes.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
OCHO.-
EXPTE NRO. 10.351/08