EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 4705/08.-
ARTICULO 1º: Condonase la Deuda que la Asociación
Civil "Club Atlético Castilla" ——————— registrado como
Entidad de Bien Público bajo el Nº 011, mantiene con la Municipalidad de
Chacabuco en concepto e Tasa Alumbrado, Barrido y Limpieza por los Inmuebles de
su Propiedad identificados con los siguientes números 953600-0, 1010900-0,
1869300-0 y 4601300-0 y Exímase el pago con relación al Ejercicio Económico
2008.-
ARTICULO 2°: Notifíquese a los peticionantes, que
conforme a lo que determina la Ordenanza ——————— Fiscal e
Impositiva, todos los años deberán tramitar la eximición pertinente.-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
OCHO.-
Expte. Nº 10.555/08.-