EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 4896/09.-
ARTICULO 1º: Condonase la deuda del inmueble
perteneciente al SR. VIJARRA JULIO OSMAR D.N.I. 4.944.052, que se designa
Catastralmente como: Circ. I; Sección F, Manzana 451 D, Parcela 21 Partido
inmobiliaria Nº 1523000 del ejido de la Ciudad de Chacabuco.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE OGOSTO DEL AÑO DOS
MIL NUEVE.-
Expte. Nº 9762/06.-