EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 4857/09.-

ARTICULO 1º: Autorízase a la "JUVENTUD UNION PROCHACABUCO",
al uso del ——————— espacio Público, en el Playón Central Plaza
Gral. S. Martín (Intersección Av. Alsina) el día Domingo 7 de Junio del
corriente año con motivo de realizar jornada Recreativa donde actuarán Bandas
Locales de 16:00 a 22:00 horas.-

ARTICULO 2º: Queda totalmente prohibido el uso del
Monumento de dicha Plaza para todo ——————— tipo de actividad
relacionado a tal evento.-

ARTICULO 3º: Será obligación de los solicitantes
dejar el espacio necesario sobre las veredas para el normal tránsito de Peatones
y Rampas de discapacitados.-

ARTICULO 4º: Dicho espacio público quedará autorizado
previo tramite ante la dependencia ———————- Municipal
correspondiente a la venta de Gaseosas – Café y Productos Envasados.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ———————- Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de Espacios Públicos.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.

EXPTE. Nº 10.779/09.-