EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4867/09.-
ARTICULO 1º: Autorízase a la Licitación Pública como
único oferente, para la obra ———————- Construcción del "Parque
Recreativo Infantil" Calle Villegas, Según Expte. Municipal Nro. 4029-
1807/2009.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.-
EXPTE NRO. 10.833/09.-