ATRIBUCIONES
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A NRO. 4953/09
ARTICULO 1º: Convalídase los Contratos firmados entre
el D.E. Municipal y los ——————– profesionales que se desempeñan en
el C.I.C. de acuerdo al Convenio Marco suscripto con el Ministerio de Salud de
la Nación aprobado por Ordenanza Nº 4893/09 de este Honorable Cuerpo.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIÚN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.-
EXPTE NRO. 10.905/09.-