EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 5043/2010.-

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento
Ejecutivo Municipal a la Donación de Libros ———————-
que se encuentren en condiciones a entidades de bien público que estén armando
sus propias Bibliotecas como así también a descartar, vender como papel o
destruir aquellos ejemplares que estén incompletos o muy deteriorados.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.-

EXPTE. Nº 11.076/10