EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA; la Siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5082/10.
ARTICULO 1º: Autorízase al "BANCO
DE LA NACIÓN ARGENTINA SUCURSAL ————————- CHACABUCO"
al uso del espacio público (PROHIBO ESTACIONAR) en la zona que dicho
Banco tiene para Estacionamiento de Camiones Transportadores de Caudales.
ARTICULO 2º: Las obras a realizarse, en el
lugar mas arriba detallado deberán ser coordinados ————————- con
el Área de Obra y Servicio Públicos del Municipio o con aquella que la misma
designe a tal efecto.
ARTICULO 3º: Ante cualquier inconveniente o
accidente que pueda surgir durante lo solicitado ———————— será
responsabilidad del peticionante.
ARTICULO 4º: Comuníquese, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.157/10.