EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA;
la Siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5082/10.

 

ARTICULO 1º: Autorízase al "BANCO
DE LA NACIÓN ARGENTINA SUCURSAL
————————- CHACABUCO"
al uso del espacio público (PROHIBO ESTACIONAR) en la zona que dicho
Banco tiene para Estacionamiento de Camiones Transportadores de Caudales.

ARTICULO 2º: Las obras a realizarse, en el
lugar mas arriba detallado deberán ser coordinados ————————- con
el Área de Obra y Servicio Públicos del Municipio o con aquella que la misma
designe a tal efecto.

ARTICULO 3º: Ante cualquier inconveniente o
accidente que pueda surgir durante lo solicitado ———————— será
responsabilidad del peticionante.

ARTICULO 4º: Comuníquese, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.

EXPTE. Nº 11.157/10.