"En
el Año del Bicentenario de la Patria"
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5129/10.
ARTICULO 1º: Autorízase a la "Secretaria
de Cultura", el uso del Espacio Público, Corte de ————————–
las dos primeras Cuadras de Avenidas Alsina (Nº 0 al 100), y Calle Moreno (Nº 0
al 50), Rivadavia (Nº 0 al 50), San Martín (0 AL 50), Belgrano (Nº 0 al 50), el
día 23 de Mayo del corriente, para la Inauguración de las Obras de Remodelación
en las dos primeras cuadras de la Avenida Alsina.
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ————————-
pueda surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ————————– Municipal a
los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.260/10.