EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO
DE FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5182/10.
ARTICULO 1º: Autorízase a la "Escuela
de Educación Católica", el Uso del Espacio Público ———————
para la Construcción de una (1) Rampa de Acceso para Personas con
Capacidades Diferentes frente a dicha Institución.
ARTICULO 2º: La señalización de dicha obra
deberá ser coordinada con el Área de Obras y ——————— Servicios
Publicas del Municipio.
ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.
ARTICULO 4º: Comuníquese, al Departamento
Ejecutivo e Inscríbase.
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.359/10.