EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5219/10
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio de
Cooperación celebrado entre la ——————— Municipalidad de
Chacabuco y la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
——————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
EXPTE. Nº 11.193/10.