EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5226/10.
ARTICULO 1º: Autorizase Al Centro
Complementario Educativo al uso del espacio publico
——————— con corte de calle en el momento
que pase la bicicleteada, acompañado por la policía municipal en calle
Avellaneda, Andes, Mendoza y Sto del Estero, Veronelli y Alsina hasta el Parque
Recreativo a las 13,30 Hs. regresando a la 16,00 Hs por calles Veronelli, Italia
y Avellaneda el día miércoles 9 de Septiembre del corriente año.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCOA LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
EXPTE. Nº 11.446/10.