EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADESY ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA;
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5387/11

ARTICULO 1º: Autorizase a Ricardo J.
Guelli, D.N.I. 4.968.284
, en carácter de Presidente de
——————— Ricardo J. Guelli Construcciones S.A., a la Construcción
de 7 (siete) Departamentos, haciendo Excepción a la Densidad Habitacional máxima
permitida en la Zona Residencial 3 a construir hasta un valor de Densidad no
superior a 360 Hab./Ha., en el marco de las facultades de este Cuerpo
Legislativo Municipal.

ARTICULO 2º: Dirigirse, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DE
L
MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL ONCE.

EXPTE. Nº 11.632/10.