EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADESY ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA; la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5375/11.
ARTICULO 1º: Autorizase, en relación al
Expte. Administrativo Nº 4029-5063/10 a la ———————-
Edificación en el Inmueble Designado Catastralmente como: Circunscripción: I,
Sección; A, Manzana; 36 Parcela 14 b, Partida Inmobiliaria: 22138. a construir
hasta un valor de Densidad no superior a 690, en el marco de las facultades de
este Cuerpo Legislativo Municipal y conforme los dictámenes obrantes a Fs. 1 y
2.
ARTICULO 2º: Dirigirse, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA
DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
EXPTE. Nº 11.696/11.