EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA; la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5475/11
ARTICULO 1º: Convalídense los Decretos
Nros. 211/11 y 212/11, referente a la Oficina ——————— Municipal de
Defensa de Usuarios y Consumidores.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIA DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS
MIL ONCE.
EXPTE. Nº 11.879/11.