EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 5508/11
ARTICULO 1º: Autorizase a la
"Sociedad de Fomento 9 de Julio" el uso del espacio público,
——————— el corte de Avenida Miguel M. Gil y Avenida Arenales y
finalizando el recorrido por Calle 9 de Julio hasta Dr. Casasco. El día 9 de
Julio a partir de las 14:00 horas. Con motivo de realizar Paseo Criollo.
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.
———————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JULIO
DEL AÑO DOS MIL ONCE.
EXPTE. Nº 11.922/11.