EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 5539/11.
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento
Ejecutivo Municipal "Organizadores de la ———————- 
XXXVIII Fiesta Nacional de Maíz" el uso del espacio público el corte
de las siguiente Calles; 
Avenida Saavedra entre Pueyrredón/ Alte. Brown
hasta Maipú.
Alte. Brown entre Saavedra y Padre Doglia.
Padre Doglia media Calzada entre Alte. Brown y
Belgrano. 
Belgrano entre Avenida Alsina y Padre Doglia.
Avenida Alsina entre Belgrano /San Martín y Mitre.
San Martín entre Avenida Alsina y San Juan / Buenos
Aires. 
Reconquista entre Moreno y Pueyrredón.
Pueyrredón entre Avenida Saavedra y Reconquista.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase. 
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL ONCE. 
EXPTE. 11.968/11.