EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5551/11.

ARTICULO 1º: Autorízase a la Excepción la
Ordenanza de Zonificación según Usos Nº ———————- 2322/00, al
Sr. Pierce Jorge Alberto D.N.I. 21.443.829 en el Rubro "Carpintería"

permitiéndosele el funcionamiento; Previa habilitación Municipal, en el Inmueble
Identificado Catastralmente: Circunscripción; I, Sección: K, Manzana: 718 d,
Parcela 19. Partida Inmobiliaria Nº 10.063. Referente a Expte. Administrativo
Municipal Nº 4029-5270/10 de nuestra Ciudad.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e inscríbase.

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL ONCE.

EXPTE. 12.005/11.